lunes, 25 de febrero de 2008

SEÑOR MINISTRO II

Respetados(as) funcionarios(as):
Agradezco la rapidez con que me contestó la Dra. RAQUEL GUTIERREZ VIZCAINO Profesional Grupo de Atención al Usuario, sin embargo manifiesto mi inconformidad con la respuesta dada, puesto que yo sabía de antemano que puedo demandar cualquier incumplimiento del decreto 4747 ante la superintendencia de salud...
...De antemano también sabía que en el decreto 4747 se definía -artículo 15°- que las atenciones electivas las tramita el prestador "(...)en formato de solicitud y con los mecanismos definidos por el Ministerio de la Proteccion Social". El formato de solicitud es el SIS-412 (por ejemplo), pero el mecanismo que definido por Ustedes ¿Cuál es? ¿Es cierto que todavía no existe, y que falta reglamentarlo? Porque eso es lo que le responden los prestadores, a los usuarios.
Creo que ahora sí me hice entender. Espero me disculpe la insistencia, pero este es n tema de vital importancia para los usarios y que parece no ser muy claro, puesto que todavía nos obligan a amanecer y permanecer por hasta horas en la tarde, haciendo filas en las puertas de los hospitales y EPS, suplicando por que nos reciban los papeles para una autorización.

Giovanni Vargas

No hay comentarios.: